Registro de dominios dentro del gob.ar

 

Internacionalmente los dominios de gobierno son conocidos como .gov.ar, terminación utilizada por la República Argentina desde el nacimiento de internet.

 

A partir del 8 de septiembre del cte., y con la finalidad de atender la demanda idiomática de nuestra lengua oficial, NIC Argentina incorporará el gob.ar como subdominio para el gobierno.

 

La decisión de acceder a los sitios de gobierno desde ambos subdominios, se basa en la necesidad de brindar la mayor accesibilidad a los mismos, otorgándole a quienes hablan nuestro idioma la terminación .gob.ar y a la comunidad internacional, donde el inglés es la lengua dominante, la terminación .gov.ar.

 

Como consecuencia de esto NIC Argentina creará en forma automática ante cada solicitud de nombre de dominio de gobierno (actualmente .gov.ar) un dominio .gob.ar y un homónimo .gov.ar.

 

¿Cuál será el procedimiento de registro de los dominios gob.ar?

 

Será igual al actual, se efectuará desde nuestra página www.nic.ar, en la sección “Registrar dominio”, sólo que a partir del 8 de septiembre, al solicitar un dominio de gobierno, NIC Argentina le otorgará automáticamente el nombre de dominio solicitado con las terminaciones .gov.ar y .gob.ar, con lo cual el solicitante deberá definir en sus DNS los dominios con ambas terminaciones.

 

 

¿Qué ocurrirá con los dominios ya existentes en el .gov.ar a partir del 08/09/2008?

 

NIC Argentina creará un homónimo de cada dominio .gov.ar sobre el nuevo subdominio gob.ar, es decir que se duplicarán todos los dominios de gobierno. Por ejemplo, para cancilleria.gov.ar, quedará:

 

cancilleria.gov.ar y cancilleria.gob.ar

 

 

¿Cuándo comenzarán a funcionar los dominios gob.ar?

 

Los dominios gob.ar comenzarán a funcionar a partir del lunes 8 de septiembre del corriente.

 

 

Las entidades titulares de dominios en el gov.ar, ¿deberán hacer algo para usar los dominios gob.ar?

 

Sí, antes del 8 de septiembre del corriente, los organismos que posean registros de dominios bajo .gov.ar, deberán definir en sus DNS, como dominios a resolver, los homónimos con terminación .gob.ar.

 

Ejemplo:

Si el organismo tiene definido en su DNS dominio.gov.ar, deberá definir que también resuelve dominio.gob.ar

 

 

Las entidades titulares de dominios en el gov.ar, ¿deberán solicitar el registro de los homónimos en el gob.ar?

 

No, pues los homónimos en el gob.ar serán creados automáticamente por NIC Argentina.